martes, 29 de julio de 2014

Nocaut a la calidad de vida

Sinceramente no entendemos en que parte de su anatomía tiene el cerebro este régimen. ¿Será que nacieron con las neuronas “quemadas”? ¿Será que su genética es diferente a la de los demás? ¿Será otra especie biológica que en vez de evolucionar, involuciona?
I. La salud pública es un desastre, un gran número de médicos han emigrado, los hospitales públicos son antros, la falta de insumos, mantenimiento de equipos han condenado a muerte a cientos (¿miles?) de ciudadanos del país y la falta de alimentos básicos va a crear una generación de desnutridos ¿Qué hace, entonces, el régimen? Ataca, regula y dificulta el funcionamiento de las clínicas privadas, muchas de las cuales ya están al borde del colapso. ¿Por qué no se usa esa energía y los costos de una fiscalización destructiva para construir y modernizar los hospitales públicos?
II. Hay un déficit importante de viviendas. ¿Qué hace el régimen? Crea una “Misión Vivienda” que jamás cumple con lo ofrecido, contrata con China, Irán, Uruguay, etc, y condena al desempleo a nuestros profesionales. Aprueban una ley de alquileres que acabó con ese mercado y condenó a los jóvenes a vivir con sus padres o a irse a un “refugio” porque les es imposible comprar una vivienda.
III. La última hazaña del régimen ha sido regular a la educación privada en un perverso esfuerzo por acabar este sector. Las escuelas públicas son un desastre en su infraestructura física, con servicios en peores condiciones, deficiencia de profesores de matemática, física y química y la normativa de pasar a los estudiantes aunque no cumplan con los requisitos.
Se acaba de aplicar a la educación privada una normativa similar a la ley de Precios Justos. Lo que el régimen llama costos indirectos es una barbaridad cultural y un adefesio contable. Hasta el alquiler de un local para clases especiales está incluido allí. Pero lo más grave es que todo lo que no sea el currículo bolivariano son costos indirectos. Los salarios de la junta directiva también lo son. Ahora los colegios privados no podrán ofrecer en preescolar para la formación básica de los niños, artes, deportes, psicomotricidad, deportes, idiomas, música y otras disciplinas necesarias para formar un ciudadano integral con valores morales que lo ayudaran a tener un futuro exitoso.
Parece paradójico que cuando el país necesita personas competentes y un ciudadano ético para entrar a la modernidad el régimen le pone un candado a la educación nacional y en lugar de copiar los modelos exitosos contemporáneos condena a las futuras generaciones a una vida de derrotados que tendrán que dejar de disfrutar de los beneficios de las nuevas tecnologías y desconocer los valores morales que se necesitarán para darle una nueva dimensión ética a la modernidad.
IV. Algunas imposiciones. 1. Los costos indirectos no pueden superar el 12.5% de los costos directos. Estos (los indirectos) incluyen entre otros los salarios del personal administrativo, es decir que los colegios no requieren ni administradores ni contadores ni contratar abogados para resolver los múltiples conflictos laborales resultado de una ley de trabajo punitiva. También incluyen becas, comedor, seguro de salud, es decir todo lo relacionado con el bienestar estudiantil. En el mismo renglón está el costo del personal no docente, sicólogos, profesores de música, idiomas, computación, etc. Este instructivo es un intento más de nivelar a nuestra sociedad bajo el rasante de la mediocridad pero este caso es el más criminal de todos porque está diseñado para promover la formación de niños ignorantes que, ante la falta de una formación integral y ética, serán impedidos de desarrollar sus potenciales humanos. 2. Se convoca a Asamblea de Padres y representantes justo cuando comienzan las vacaciones escolares con la clara intención de que no haya quórum, en cuyo caso el Ministerio de Educación fijará el monto que pueden cobrar los colegios.
Se plantean varias preguntas: Los artículos 13 y 14 de la resolución expresan que sus disposiciones se aplicarán “en cuanto sean compatibles”. ¿Con qué? El artículo 17 establece la prohibición explícita de cobrar dinero adicional a través de fundaciones, cuotas, etc, o sea que la enseñanza extracurricular no puede cobrarse en ninguna de sus modalidades. El artículo 6 expresa que el presupuesto para fijar matrículas y mensualidades debe basarse, como “mínimo”, en los conceptos establecidos en la Resolución. ¿Si eso es lo mínimo cuál es lo máximo? Hay mucho más. En una época donde los estados modernos abogan por la promoción de la educación socioemocional nuestro Ministerio de Educación nos retrotrae a aprender solo lo elemental de las técnicas educativas tradicionales, en un siglo donde se ha avanzado en conocimiento a niveles anteriormente desconocidos. ¿Qué rol tendrán, entonces, en esa nueva sociedad los que se queden atrás?
 quiroscorradi@gmail.com